Consecuencias contractuales derivadas de la declaración del Estado de Alarma y los Contratos de Arrendamiento para uso distinto de vivienda

2020 
La declaracion del estado de alarma puede generar un incumplimiento masivo en relacion con los contratos de arrendamiento de locales comerciales, de ocio y restauracion cuya actividad, conforme a lo previsto en el Real Decreto, ha sido suspendida por un periodo minimo de quince dias y en particular, en lo atinente al pago de la renta acordada dada la falta de ingresos que sostengan el pago de dichas rentas. Por medio de la presente nota, se pretenden esclarecer los mecanismos de proteccion frente a los previsibles incumplimientos contractuales derivados de la situacion del estado de alarma en la que se encuentra todo el territorio nacional, en particular, en relacion con los contratos de arrendamiento para uso distinto de vivienda.
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