La labor sindical frente a los protocolos de seguridad en el sector de contact center: Derecho a la intimidad y a la protección de datos de los usuarios vs derecho a la libertad sindical: Sentencia del Tribunal Supremo (Sala de lo Social) de 25 de noviembre de 2020 ECLI:ES:TS:2020:4187
2021
La sentencia objeto de comentario desestima el recurso y resuelve
que esta practica empresarial lesiona el derecho fundamental de libertad sindical.
Esta posicion la mantiene a pesar de reconocer que la empresa ha de proteger
el derecho a la intimidad de los consumidores y que es responsable de los datos
personales cedidos por sus clientes y usuarios, quedando obligada a garantizar esta
proteccion. Se considerara que no se puede prohibir a los representantes de los
trabajadores el reparto de comunicacion e informacion sindical en formato papel.
Se concluira que la medida empresarial no supera los tres requisitos o condiciones
constitucionalmente exigidos para restringir el derecho fundamental a la libertad
sindical: el juicio de idoneidad, el de necesidad y el de proporcionalidad.
Conjuntamente, se razona que no ha quedado acreditada vulneracion alguna
de los datos personales de los clientes o usuarios, ni del sistema de seguridad
de la empresa por permitir en el centro de trabajo la difusion de informacion y
de comunicados sindicales en formato papel. Se advierte que la empresa no ha
proporcionado a los representantes un sistema digital fiable, eficaz y seguro
para que puedan repartir sus comunicados e informacion sindical a las personas
trabajadoras.
- Correction
- Source
- Cite
- Save
- Machine Reading By IdeaReader
0
References
0
Citations
NaN
KQI