El acoso en el trabajo: algunos aspectos doctrinarios, jurisprudenciales y legales del acoso moral y sexual en Chile

2019 
La conducta de apremio o persecutoria podemos denominarla “Conducta de hostigamiento”: la cual es de particular interes para el derecho del trabajo en los casos en que se produce un asedio dentro de la relacion laboral y hostigamiento y con ocasion de su termino, distinguiendose entre hostigamiento o acoso laboral y hostigamiento o acoso sexual, hipotesis lesivas para los intervinientes en la relacion de trabajo y en particular de los derechos fundamentales. Si bien, las conductas en ambas instituciones tienen algunas coincidencias (asedio del hechor, ausencia de consentimiento de la victima y el perjuicio en el empleo u ocupacion), se reconocen relevantes diferencias. Asi, en el acoso laboral, el hostigamiento no tiene por finalidad obtener algun favor sexual, y ademas debe tener una cierta periodicidad o duracion mas o menos extendida en el tiempo. En cambio, en el acoso sexual un solo hecho que revista gravedad suficiente puede satisfacer el ilicito laboral, sin que sea necesario una repeticion o duracion mas o menos prolongada. El trabajo desarrolla ambas hipotesis de hostigamiento laboral, refiriendose a su regulacion, concepto, infraccion a los derechos fundamentales y otras infracciones, elemento, caracteristicas y recepcion de estas instituciones en la jurisprudencia y doctrina.
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