Ethical and legal responsibility of the hospital pharmacist

2011 
En los ultimos anos hemos asistido a la promulgacion de declaraciones y normas europeas, nacionales y autonomicas que han modificado, sin lugar a dudas, los criterios tradicionales de exigencia de responsabilidad profesional a los farmaceuticos. A la clasica responsabilidad por la intervencion de los farmaceuticos en los danos causados por medicamentos hay que anadir ahora otros ambitos de competencias que tambien llevan aparejado un deber de cuidado correlativo, cuya vulneracion podria dar lugar a la exigencia de una reparacion. Estas nuevas responsabilidades, que afectan tanto a los farmaceuticos comunitarios como a los hospitalarios, derivan de las atribuciones incorporadas por la Ley 29/2006 de Garantias y Uso Racional del Medicamento, y tambien, en buena medida, del reconocimiento de los derechos de los pacientes y usuarios que se inicio con el Convenio de Oviedo y ha continuado con la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, y las normas autonomicas dictadas en su desarrollo. De este modo, los farmaceuticos se suman al objetivo de promover un uso de los medicamentos de alta calidad y eficiencia mediante la utilizacion de los mejores recursos disponibles, asi como al seguimiento y el uso seguro de los farmacos. Las ultimas corrientes normativas evidencian que el desempeno profesional farmaceutico que demandan los servicios sanitarios, tanto a nivel nacional como internacional, debe evolucionar hacia actividades de farmacia clinica con la incorporacion efectiva de los farmaceuticos a los equipos multidisciplinarios de atencion a la salud. En este nuevo
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